Servicios Sociales facilita las gestiones para formalizar las solicitudes del Ingreso Mínimo Vital
SERVICIOS SOCIALES
Edificio de Servicios Sociales
18 Junio 2020

En esta delegación se disponen de los formularios necesarios que, seguidamente, pueden registrarse en la Ventanilla Única del Ayuntamiento (Registro). La responsable técnica de esta área municipal, Lola Herrera, ha señalado que solo en un día se atendieron a más de 70 las familias por esta cuestión.

Daimiel Noticias. – Servicios Sociales ha atendido solo en un día a más de 70 familias para informarles y asesorarles sobre las gestiones del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Unos trámites que pueden iniciar a través de esta delegación municipal y luego dejarlos debidamente registrados a través de la Ventanilla Única del Ayuntamiento de Daimiel. Incluso existe la posibilidad de realizar una simulación a través de Internet con el objetivo de que los usuarios sepan si cumplen las condiciones favorables para poder recibir el IMV. Es lo que explica la responsable técnica de la concejalía, Lola Herrera, quien aclara algunos de los supuestos; entre ellos, el que afecta a las familias que perciben prestación familiar por hijo a cargo. Un caso donde puntualiza no hay que solicitarlo ya que es la Seguridad Social la que informa mediante mensaje si se les ha concedido o no.

El acceso a la prestación se puede hacer desde el 15 de junio mediante una solicitud de la persona interesada por los canales telemáticos (la sede electrónica de la Seguridad Social, en la que además habrá un asistente virtual y un simulador) que la Seguridad Social pone a disposición de la ciudadanía. Además, también se puede remitir la documentación por correo ordinario.

IMV
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. Éste se define como un derecho subjetivo de la ciudadanía que se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso, como ocurre con el derecho a la pensión de jubilación o la prestación por desempleo, por ejemplo.

Los requisitos son tener entre 23 y 65 años, o 18 años si hay menores a cargo; cumplir un año de residencia legal en España; haber vivido independientemente al menos un año en el caso de familias y tres años en el caso de personas solas; en el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos un año antes de la solicitud; haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho; y estar inscritas como demandantes de empleo. Más allá de estos requisitos básicos, el acceso al Ingreso Mínimo Vital dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite. Cualquier persona con unos ingresos inferiores a la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y un patrimonio menor al máximo establecido, podrá ser beneficiaria del IMV.

Respecto a la cantidad percibida garantizada, Herrera ha explicado que será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trata de una unidad de convivencia, esta cantidad se incrementará en 139 euros al mes por cada persona adicional, adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 euros al mes. Además, para las familias monoparentales, se añade un complemento de 100 euros. Todo ello, se cobrará mensualmente en 12 pagas.

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